Préstamos de dinero y liberación de hipoteca // Manuel Alfredo Rodriguez

El propietario del apartamento está preocupado porque no sabe cómo hacer para obtener la liberación de la hipoteca que tiene su inmueble. A la fecha él logró pagar todas las cuotas que adeudaba al banco que años atrás le dio un préstamo de dinero y ese crédito fue con garantía hipotecaria. Ahora desea liberar el inmueble por cuanto pretende venderlo.

El problema se agrava cuando el acreedor es una institución financiera o un banco que ha dejado de existir. También podría tratarse de una sucesión integrada por los herederos del acreedor hipotecario (léase, aquél que prestó el dinero). Incluso, es probable que se ignore el domicilio actual o paradero del acreedor. Todo esto dificulta la obtención de la liberación de la hipoteca. El propietario del inmueble (apartamento, casa quinta o terreno) quiere liberar la hipoteca y desconoce cómo lograrlo.

Para la situación reseñada la ley prevé el juicio de liberación de hipoteca. El propietario del bien hipotecado, asistido por su abogado de confianza, demandará al acreedor, vale decir, a la compañía que ya no existe pero que aún está inscrita en la oficina de Registro respectiva. O los miembros de la sucesión del acreedor serán llamados a juicio por carteles publicados en la prensa. Puede ocurrir que el acreedor no acuda al juicio. En ese caso el Juez le nombra un abogado. En la sentencia constará que la deuda se extinguió al vencer el plazo de diez años sin que el acreedor haya reclamado el pago. La hipoteca se extingue al trascurrir veinte años, visto que el acreedor no pidió su ejecución; la ley presume que la deuda ha sido pagada. El Juez declara extinguida la hipoteca, liberado el inmueble y ordena la notificación al Registro.

Otra duda que se presenta con regular frecuencia es plantear la posibilidad de vender el inmueble con la hipoteca aún sin ser liberada e incluso, en el caso de que se adeuden cuotas hipotecarias al banco acreedor. ¿Es posible la venta del inmueble con la hipoteca vigente? Resaltamos que el ciudadano común ignora que sí es válida la venta del inmueble con la hipoteca sin cancelar. Es legítima y permitida por la ley, la venta del inmueble hipotecado. Nuestro ordenamiento jurídico vigente establece que el comprador, al adquirir el inmueble con hipoteca, se subroga a ella. Esto quiere decir que el comprador se convierte en el nuevo propietario deudor hipotecario, quien adquiere todas las obligaciones, condiciones y términos de pago que tenía el anterior dueño (Heurística del Derecho de Obligaciones). Y es que la hipoteca sigue al bien vendido y continúa en cabeza del nuevo propietario. El banco acreedor hipotecario sabe que si el deudor comprador no le paga, puede hacer ejecutar la hipoteca o rematar el inmueble al mejor postor ante los tribunales.

Abogado y Profesor UCV, UCAB y USM

Multas y reparos impuestos por las alcaldías // Manuel Alfredo Rodriguez

Como abogados en ejercicio en Venezuela, nos correspondió proteger los derechos de una compañía víctima de un reparo y una multa impuesta por la Alcaldía. Todo se inició por la fiscalización de los funcionarios de la Alcaldía la cual emitió una Resolución por concepto de reparo y multa. El reparo es por la venta de un inmueble efectuada por la compañía y que la Alcaldía pretende gravar con el impuesto de Patente de Industria y Comercio.

Conforme a Derecho, la Resolución fue notificada a la víctima y a partir de allí comenzó a correr el lapso para que ésta ejerza los recursos previstos en el Código Orgánico Tributario y en la Ordenanza de Industria y Comercio del Municipio. Dentro del lapso intentamos, ante el Tribunal competente en lo Contencioso Tributario, el Recurso Contencioso Tributario contra la Resolución de reparo y multa dictada por la Alcaldía por gravar con la Patente de Industria y Comercio los ingresos brutos obtenidos por la venta del inmueble de nuestra representada.

Por su parte, la Alcaldía demandó el pago del impuesto alegando que es una deuda de plazo vencido: el tribunal decretó el embargo. Contra esto, solicitamos que se suspendiera el embargo, y el Tribunal Contencioso Tributario aprobó la petición. No obstante, dado que la Alcaldía insistió en hacer practicar el embargo, nos vimos obligados a interponer acción de Amparo Constitucional por considerar que la Alcaldía violentó el Derecho de la Defensa y al Debido Proceso. Días más tarde, el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario declaró Con Lugar la acción de Amparo Constitucional solicitada por nuestra defendida, la compañía víctima del reparo y la multa. Este Tribunal ordenó a la Alcaldía abstenerse de su pretensión de ejecutar el embargo aprobado por el referido Tribunal de Primera Instancia.

Concluimos que en Venezuela es posible, en atención al régimen legal vigente, suspender los efectos del pago de una multa y el reparo emitido por una Alcaldía en perjuicio de la empresa. Nótese que la compañía multada no pagó la sanción impuesta por la Alcaldía. La compañía no paralizó sus actividades comerciales por el hecho de la multa y el reparo. En un dictamen evacuado al solicitarnos segunda opinión legal, en otra empresa víctima de un reparo, sostuvimos que esta otra empresa puede demandar a la Alcaldía para exigir y proteger sus derechos y garantías previstas en la Constitución Nacional, ya que esta siempre prevalece. En conclusión y a manera de aporte, existen varias defensas legales a esgrimir por la empresa multada para resultar victoriosa ante las conductas o hechos ilícitos cometidos por las alcaldías o aun las gobernaciones (Heurística del Derecho de Obligaciones). La técnica legal para interponer estos recursos y obtener decisión favorable es relevante en dichas situaciones.

www.protejase.com.ve Abogado y Profesor UCV, UCAB y USM.asomivis@gmail.com

Ministerio Público investiga venta de inmuebles // Manuel Alfredro Rodriguez

Son numerosos los juicios penales que tramitan los fiscales asignados por el Ministerio Público para sustanciar e investigar las denuncias interpuestas ante este órgano penal. Expresamos a continuación algunos hechos noticiosos reseñados en los medios de comunicación social, que figuran como denominador común en estos expedientes.

Las estafas inmobiliarias en Venezuela cometidas de manera presunta por las empresas de la construcción en manos de sus directores o promotores han aumentado en fecha reciente. Las cifras muestran cómo sufren y se ven afectadas un porcentaje importante de la familia venezolana. El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso para Bienes y Servicios (Indepabis) tramita una gran variedad de denuncias por fraudes o engaños a compradores por padecer la alteración de los precios en las ventas ofrecidas y no respetadas.

Entre las medidas que ha ordenado la Fiscalía o Ministerio Público encontramos: allanamientos o visitas domiciliarias en las sedes sociales donde operan las empresas que han firmado contrato de opción de compra venta con personas que pagaron parte del precio de la venta acordado y que más tarde, de forma unilateral y sorpresiva, le alteran las condiciones para la adquisición del inmueble ofertado. La detención o privativa de libertad de los directores, gerentes, promotores o representantes miembros de las juntas directivas de las compañías incursas en el mercado inmobiliario. Luego estos son presentados ante los tribunales por la presunta comisión de los delitos de estafa o fraude, siendo algunos incluso, imputados por existir fundados elementos de convicción en su contra, al referirse a eventos particulares: apartamentos en construcción sin entregar en las fechas prometidas. O por el cobro abusivo de un ajuste en el precio de venta por la inflación y por retrasos en los pagos.

Los compradores víctimas de estafas o fraudes en la industria de la construcción deben saber cuáles son sus derechos. Lo recomendable es denunciar los hechos sustentados con la contratación suscrita. Esto implica la exhibición de las pruebas documentales y recibos de pago correspondientes. Como abogados litigantes en Venezuela precisamos que en la compra de viviendas a plazos o por opción (arras) y, entregado parte del precio de la venta con posterior incumplimiento del vendedor, hay que exigir soluciones concretas ante la autoridad (Ministerio Público, Fiscalía). Por último, aun cuando sean varias las víctimas cualquiera de ellas está facultada para interponer la denuncia penal, pedir que se abra la averiguación y se llamen a los responsables a rendir sus declaraciones ante el fiscal asignado. Este examinará las pruebas y acordará, de ser el caso, las medidas coercitivas respectivas ya anotadas.

www.protejase.com.ve Abogado y Profesor UCV, UCAB y USM.

Protección del accionista minoritario // Manuel Alfredo Rodriguez

¿Qué puede hacer el socio con participación minoritaria que se ve en una situación de abuso? Muchas son las acciones judiciales que la ley venezolana prevé para la protección de sus derechos. A nivel constitucional existe el recurso de amparo, el cual es procedente cuando el resto de los accionistas mayoritarios administradores de la compañía han cometido violación o amenaza de violación de los derechos y garantías del socio reclamante consagradas en nuestra Carta Magna. En el recurso de amparo, se busca que el juez restablezca la situación jurídica infringida y ordene a la parte agraviante que cese en la violación de los derechos constitucionales del demandante: socio minoritario. Es importante saber que si el reclamante gana el recurso de amparo, podrá intentar de inmediato otro juicio. En esa oportunidad tendrá el derecho de pedir que el juez le conceda el pago de una indemnización económica por los daños y perjuicios sufridos por las conductas ofensivas proferidas por los demás socios de la compañía, administradores, gerentes o directores.

¿Cuál otra acción o demanda judicial podría intentar el accionista minoritario? Recomendamos al lector hacer uso de la auditoría legal (due diligence) de la situación particular. De seguidas presentamos varios ejemplos de dictámenes ajustados a derecho al evacuarse segunda opinión legal respecto a la anterior interrogante: la demanda de liquidación o terminación de la sociedad, en razón al principio de que nadie está obligado a permanecer en comunidad o fin de laaffectio societatis. Cuando el juez declara con lugar esta petición, de inmediato se ordena la respectiva partición y pago a cada uno de los demás socios copartícipes sobre todos los bienes y activos de la compañía. Nótese que el socio minoritario resultará vencedor, por cuanto alcanzó su objetivo, cual es la división y reparto de sus haberes en la empresa. El socio minoritario también tiene el derecho de reclamar y demandar a la sociedad para que ésta pague lo adeudado por sus prestaciones sociales y conceptos previstos en la Ley Orgánica del Trabajo. Por último, como abogados litigantes en Venezuela sostenemos que es permitida la demanda por responsabilidad civil o daños y perjuicios en contra de los accionistas o directivos abusadores.

En Venezuela, el socio que posee la minoría de la propiedad de las acciones en una empresa está protegido por la ley. El llamado accionista minoritario no debe resignarse a soportar las ofensas o arbitrariedades cometidas en su contra por el resto de los accionistas. Éstos últimos son, por lo general, los que ocupan altos cargos en la empresa: directores, gerentes, administradores, estatutarios legales, factores mercantiles, presidentes, entre otros.

En conclusión y a manera de aporte, hemos precisado las defensas legales disponibles del socio minoritario para proteger y blindar sus derechos ante los accionistas mayoritarios.

Abogado y Profesor UCV, UCAB y USM