Ministerio del abogado en Venezuela // Manuel Alfredo Rodriguez

Diversas denominaciones se observan acerca del tema in comento, a saber: decálogo del abogado o mandamientos a respetar en su ejercicio profesional, ministerio del abogado y por último, la moral y ética o deontología jurídica. Todas las anteriores son válidas a la hora de advertir que se trata del respeto a las normas y principios fundamentales que debe obedecer el abogado al brindar u ofrecer sus servicios a quienes lo requieran.


Por una parte, ya el maestro uruguayo y procesalista Eduardo Couture, autor del famoso Decálogo del Abogado (1950), dejaba escrito: "el Derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando". Incluso, siglos atrás, San Ivo de Treguier (1253-1303), llamado "Patrono de los abogados", precisó: "Ningún abogado debe aceptar más querellas de las que su tiempo disponible le permita". Acerca de esta última afirmación, nos preguntamos: ¿qué pensar sobre funcionarios públicos que se ven abrumados de numerosos expedientes sin el tiempo necesario para sustanciarlos? Asimismo, el profesor Ángel Ossorio, sentenció en España (1930): "pon la moral por encima de las leyes".


Hemos sostenido que el abogado en Venezuela está obligado a acatar no solo las reglas éticas en la actividad diaria, también respetará el interés ajeno de su representado como interés personal, para aumentar el grado de diligencia en los casos que asuma. El abogado honesto es aquél que le enseña a su cliente el camino correcto, aunque éste no acepte el consejo y equivoque al decidir. En los tiempos que corren, algunos profesionales del Derecho subrayan que todo vale al momento de resolver un problema, siempre que la defensa de quienes han depositado su confianza en el abogado lo requiera y la moral lo permita.


No obstante, la ética, la razón y el derecho, persisten en constante conflicto. Son ejemplos precisos de lo anotado las soluciones jurídicas aportadas por los abogados expertos en Venezuela en los temas como: conflictos entre accionistas por los bienes de la sociedad y el reparto de las utilidades; la cobranza de deudas; el reclamo del pago de las prestaciones sociales del trabajador despedido; la inamovilidad laboral; la venta del inmueble bajo el contrato de opción de compra; auditorías o segunda opinión legal; protéjase o cúbrase patrimonialmente, la demanda por rendición de cuentas intentada por el socio minoritario en contra de los demás accionistas mayoritarios; y el pago de indemnización por accidentes laborales, aéreos, marítimos y de tránsito. Así, es importante al momento de exigir nuestros derechos, disponer de la adecuada asesoría legal mediante abogados especialistas en las diversas áreas a tratar.


Abogado y profesor UCV, UCAB y USM www.protejase.com.veasomivis@gmail.com

Cómo crear una franquicia rentable // Manuel Alfredo Rodriguez

Las franquicias son contratos redactados por una de las partes intervinientes: el que otorga o da la franquicia, llamado franquiciante. La ley que obliga y rige a las partes es ese contrato que suscriben al iniciar la relación (franchise experts lawyers, consultants). Mediante el contrato de franquicia, el franquiciado o quien compra la franquicia, adquiere el derecho de explotar o comercializar las marcas de comercio, patentes, derechos de autor u otros derechos intelectuales o industriales propiedad del franquiciante. En ese sentido es importante poseer los derechos de registro que otorga el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI).

Subrayamos que en Venezuela, el negocio de las franquicias está sometido a la voluntad de las personas que suscriben tales contratos y no, según se cree, a ley alguna. Significa que el contrato de franquicia establece los derechos y obligaciones del franquiciante y el franquiciado (Heurística del Derecho de Obligaciones). La persona que va a comprar o adquirir una franquicia en Venezuela debe conocer que el contrato de ésta es una sumatoria de diversos acuerdos, entre ellos: convenios de cláusulas de confidencialidad, pactos de distribución de mercancías o bienes y servicios, permisos y licencias de usos o marcas, de logotipos y lemas, pagos de royalty u otros.

El Código Civil venezolano prevé normas aplicables en materia de franquicias, no obstante, persisten las consagradas en la "Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia", es la Ley de Procompetencia. Sin embargo, hemos expresado que la persona interesada en vender, dar o ceder derechos en relación a su negocio a otros quienes van a trabajar bajo el sistema de la franquicia, debe buscar asesoría jurídica por abogados especialistas en esta área del derecho en Venezuela (franchise attorneys legal expert).

Al analizar las franquicias en Venezuela y las oportunidades de negocios (franchise and business opportunities) hay que respetar las reglas de oro en materia del derecho vigente. Una de ellas es estudiar los términos y condiciones del contrato de franquicia a regir entre las partes: franquiciante y franquiciado. Otra es el monto de la inversión y el tiempo mínimo necesario de espera para el retorno del capital comprometido. El estudio del mercado y la factibilidad de éxito del negocio rentable es consecuencia del know how del franquiciado. Todos los derechos de autor y marcas deben estar inscritos en el SAPI para que sea válida y eficaz la licencia o autorización del franquiciante. El derecho de exclusividad al explotar la franquicia es fundamental para obtener beneficios. Por último, se recomienda incluir el arbitraje en una cláusula especial, ello, para las disputas o conflictos entre los contratantes.

Abogado y Profesor UCV, UCAB y USM.

Casinos, loterías, bingos e impuestos // Manuel Alfredo Rodriguez

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) es la autoridad competente para fiscalizar las actividades relacionadas con las casas de bingo, casinos, loterías y el pago de impuestos en Venezuela. Las empresas que exploten ese objeto social están obligadas a formalizar su registro en la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingos y Traganíqueles; además, deben estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones formales y el pago de las multas e impuestos recaídos en períodos fiscales de los años 2010, 2009, 2008, 2007, 2006 y 2005, respectivamente.

Las casas de envite y azar o casas de juego dedicadas al bingo o casinos, en general, están sometidas a leyes especiales que las comprometen al pago de impuestos y, en caso de generarse un reparo administrativo, lo procedente en derecho es pagar primero y luego ejercer los recursos administrativos correspondientes (solve et repete). Los abogados en Venezuela dedicados a esta área del derecho tributario y fiscal se inclinan por resaltar la reciente jurisprudencia existente en nuestro país al momento de formalizar los reclamos respectivos.

Son más los casinos y bingos que funcionan de manera ilegal que los constituidos en forma legítima y atendiendo las normas. Así lo evidencian los medios de comunicación al reseñar los decomisos de máquinas y tarjetas electrónicas que al parecer operan en fragante violación a la ley. Otras empresas presentan el problema de tener sus documentos vencidos y no han procedido a solicitar su renovación ante la autoridad competente. Éstas mal podrían ejercer recursos administrativos o apelaciones por cobros indebidos de multas o reparos, por funcionar al margen de la ley. En la actualidad existen varias casas de bingo o casinos licenciatarias legales que están en plena actividad en virtud a un amparo constitucional emitido por el Tribunal Supremo de Justicia en el año 2003 que ha permitido hasta la fecha, solventar de manera parcial dicha situación de conflicto entre el Estado y los particulares.

En nuestro carácter de abogados litigantes en asuntos relacionados con casas de bingo, casinos o traganíqueles, hemos notado que el inconveniente con mayor índice de recurrencia es que en los últimos meses se ha registrado el cierre de estas empresas sin procedimientos administrativos previos, lo que viola varios derechos y garantías de orden constitucional. Estos procesos administrativos vienen acompañados de medidas como allanamientos, con el decomiso de bienes e incluso, las detenciones de trabajadores. Cuando se violan los derechos y garantías constitucionales del ciudadano, es imperioso el ejercicio de las acciones legales para restablecer la situación jurídica infringida.

Abogado y Profesor UCV, UCAB y USM.